Proyecto Unidad I


¿COMO SE CALCULAN LAS CUOTAS?
Cuando una empresa inicia sus operaciones está obligada a inscribir a sus trabajadores ante el IMSS y consecuentemente ante el Infonavit; además de este deber, es importante que conozcan los aspectos que inciden en dos de las principales obligaciones de seguridad social: la determinación y el pago de las cuotas obrero-patronales, así como aportaciones y amortizaciones de vivienda.
En este tema se abordan los conceptos básicos que debe conocer el emprendedor o la persona que dentro de una pequeña o mediana empresa se dedique a calcular las cuotas de seguridad social a pagar por cada uno de sus colaboradores, así como un caso práctico en donde se incluyen diversas incidencias que se pueden presentar en ese proceso.
CONCEPTOS BÁSICOS
Los aspectos básicos que se deben tomar en cuenta para realizar el cálculo de esas contribuciones, son los siguientes:
·         determinar correctamente el salario base de cotización (SBC) de los trabajadores, entendiéndose que éste se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, con excepción de los conceptos comprendidos en el artículo 27 de la LSS.
·         considerar los topes de cotización aplicables en materia del IMSS e Infonavit: el mínimo es el salario mínimo del área geográfica respectiva integrado –A, $65.14; B, $63.30 y C, $61.75– y, el máximo el equivalente a 25 veces el salario mínimo vigente en el DF – actualmente $1,558.25– (arts. 28 y Vigésimo Quinto Transitorio, LSS y 29, fracc. II y Quinto Transitorio, Ley del Infonavit)
·         aplicar al SBC de cada trabajador, o en su caso al salario mínimo del DF, las primas de los Seguros del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) y de las aportaciones de vivienda, contemplados en las Leyes del Seguro Social y del Infonavit, las cuales son:
·         IMSS
Seguro del ROSS
Cuota
Base salarial
Fundamento legal (arts.)
Patronal
Obrera
Total
Riesgos de Trabajo
De acuerdo
con la sinietralidad laboral de la empresa
0.00%
De acuerdo
con la sinietralidad laboral de la empresa
SBC
71, LSS
Enfermedades y Maternidad
Prestaciones en Especie
Cuota fija por cada trabajador hasta por tres VSMGVDF1
20.40%
0.00%
20.40%
SMGVDF2
106, fracción I y Décimo Noveno Transitorio, LSS
Cuota adicional o excedente
1.10%
0.40%
1.50%
(SBC-3VSMGVDF)
106, fracción II y Décimo Noveno Transitorio, LSS
Gastos médicos para pensionarios y beneficiarios
1.05%
0.375%
1.425%
SBC
25, último párrafo, LSS
Prestaciones en dinero
0.70%
0.25%
0.95%
SBC
107, fracciones I y II, LSS
Invalidez y Vida
1.75%
0.625%
2.375%
SBC
147, LSS
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Ramo de Retiro
2.00%
0.00%
2.00%
SBC
168, fracción I, LSS
Ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
3.150%
1.125%
4.275%
SBC
168, fracción II, LSS
Guarderías y Prestaciones Sociales
1.00%
0.00%
1.00%
SBC
211, LSS

Infonavit
Concepto a pagar
Cuota
Base salarial
Fundamento legal (arts.)
Patronal
Obrera
Total
Aportaciones de vivienda
5.00%
0.00%
5.00%
SBC
29, fracción II, Ley del Infonavit
·         tomar en cuenta la periodicidad de pago de las cuotas obrero-patronales, así como de las aportaciones y amortizaciones de vivienda, esto es:
Concepto de pago
Periodicidad de pago
Fecha límite de pago
·         Cuotas obrero-patronales de los Seguros de:
o    Riesgos de Trabajo
o    Enfermedades y Maternidad
o    Invalidez y Vida, y
o    Guarderías y Prestaciones Sociales
Mensual
A más tardar el día 17 de: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año del que se trate
·         Cuotas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y
·         aportaciones de vivienda y amortizaciones de créditos del Infonavit
Bimestral
A más tardar el día 17 de: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre del año del que se trate
·         considerar las incidencias (ausencias e incapacidades) sufridas por los trabajadores en el periodo de pago y aplicar las reglas de cotización en ausentismo, contenidas en los numerales 31 de la LSS; 35 y 49 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi), es decir, cuando las ausencias son:
o    injustificadas: solo se pagan las cuotas relativas al Seguro de Enfermedades y Maternidad, las correspondientes a los demás Seguros del ROSS no
El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) únicamente permite el registro de siete ausencias injustificadas, y
o    amparadas por certificados de incapacidad emitidos por el IMSS: se enteran las cuotas del ramo de Retiro y las aportaciones de vivienda; solo subsistirá la obligación de efectuar y enterar los descuentos por concepto de amortizaciones cuando el patrón tenga celebrado convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios con el IMSS
CÁLCULO DE CUOTAS Y APORTACIONES
Las cuotas obrero-patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón debe determinar sus importes en los formatos impresos (COB-10, “Cédula de Determinación de Cuotas” y COB-20, “Cédula para Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones”) o usando el SUA; no obstante este último es obligatorio para los patrones que cuenten con cinco o más trabajadores y opcional para quienes tengan hasta cuatro subordinados (arts. 39, LSS y 113, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).
Según el artículo 39-A de la LSS, el IMSS en apoyo a los patrones podrá entregar una propuesta de cédula de determinación y aquéllos podrán emplearla para pagar sus cuotas o no; si lo hacen, dicho documento adquiere el carácter de acto vinculatorio.
La mayoría de los patrones utilizan el SUA para realizar los cálculos de las cuotas a pagar al IMSS y de las aportaciones y amortizaciones para el Infonavit, no obstante siempre es útil conocer el cálculo manual para poder identificar posibles errores.
A continuación se presenta un caso práctico en donde se muestra cómo se determinan las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda de trabajadores: de jornada normal, con jornada y semana reducida, pensionados, y con incapacidades o ausentismos.
COMENTARIO FINAL
La determinación y el pago correcto de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda, evitarán que el IMSS o el Infonavit le impongan sanciones como multas o pago de diferencias con la actualización y los recargos correspondientes.

Si calcula los pagos a su cargo a través del SUA, no olvide registrar las incidencias de sus trabajadores para que entere lo que realmente proceda.

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