Tabla de Vacaciones
Según lo estipulado en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, todos los trabajadores que tengan más de un año laborando pueden exigir y la vez disfrutar de sus días vacacionales; la Ley indica que los días vacacionales deberán de ser pagados y dicha remuneración por esos días no podrá ser inferior a su equivalente de seis días laborales.
La Ley Federal del Trabajo puntualiza que el periodo vacacional se irá incrementando en dos días de acuerdo a la acumulación de años laborales hasta llegar a los 12 años, una vez concluido el cuarto año de labores, los días vacacionales aumentarán en dos días.
Lo siguiente se ejemplifica de la siguiente forma:
Año 1
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6 días
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Año 2
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8 días
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Año 3
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10 días
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Año 4
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12 días
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De 5 a 9 años
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14 días
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De 10 a 14 años
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16 días
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De 15 a 19 años
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18 días
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De 20 a 24 años
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20 días
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De 25 a 29 años
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22 días
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De 30 a 34 años
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24 días
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De 35 a 39 años
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26 días
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(Información de: http://laeconomia.com.mx/tabla-de-vacaciones/)
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