¿Qué Artículo de la Constitución Habla de los Derechos Laborales y la Relación OBRERO-PATRONAL?
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran plasmadas las principales leyes que protegen a los trabajadores del país. De ellas derivan otras como la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado.
El artículo 5° constitucional, como garantía individual y como protección a los
derechos humanos, establece que a nadie se le puede prohibir ejercer la profesión o trabajo que decida desarrollar, siempre y cuando se trate de una
actividad legal. Asimismo, menciona que a
ninguna. “Persona se le puede obligar a trabajar sin un previo acuerdo y sin
recibir una justa retribución.” Además, que “todo contrato de trabajo no debe afectar la libertad de quien
presta el servicio.”
El artículo 123 constitucional garantiza
el derecho al trabajo. En el primer párrafo señala: "Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social
para el trabajo, conforme a la ley."
Por lo anterior, el derecho al trabajo
incluye la posibilidad de ejercerlo en las mejores condiciones sociales y
laborales. Este artículo brinda protección al bienestar, salud y vida de los trabajadores y su familia. Se divide
en los apartados A y B; el primero, se refiere a obreros, jornaleros, empleados, domésticos y, en general, a todo contrato de trabajo. El apartado B se
refiere a la situación laboral entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores.
En términos
generales, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 123,
pretende lograr el equilibrio entre los derechos y las obligaciones del
trabajador y del patrón o empresario.
Entre sus principales aspectos están los siguientes:
Ø La jornada máxima de
trabajo será de seis horas diarias para los jóvenes que rebasan los 14 años y sean
menores de 16.
Ø El establecimiento de una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, del
gobierno para fijar los salarios mínimos.
Ø Los salarios mínimos
deben ser suficientes para satisfacer la necesidades
básicas de un jefe de familia en lo
material, social y cultural.
Ø Trabajadores y empresarios tienen derecho a
agruparse en defensa de sus intereses, es decir, a formar sindicatos.
Ø La facultad de las juntas de conciliación y arbitraje locales o federales para mediar los conflictos que surjan
entre el patrón y el trabajador; dichos organismos
deben estar formados por igual número de
representantes de los obreros, los patrones y uno del gobierno. Las partes en conflicto deben sujetarse a las
decisiones de la junta.
Ø La ley del Seguro Social ofrece la protección de la salud del trabajador y su familia por medio de seguros de
invalidez, vejez, enfermedades profesionales, (causadas por el trabajo desempeñado), accidentes de trabajo, servicio de guardería, etcétera.
Ø A partir de las aportaciones de los trabajadores a
un fondo nacional de la vivienda se crearon organismos como el Instituto
Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo
de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado (FOVISSSTE), los cuales otorgan parte del crédito a los trabajadores para adquirir en propiedad una vivienda digna.
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